Defiende tus derechos

Cristina González

Defiende tus derechos

Soy Cristina González, licenciada en derecho por la Universidad de Barcelona en la Especialidad de Laboral y Seguridad Social. Trabajo como abogada en ARAG, compañía de seguros especializada en Defensa Jurídica y Asistencia en Viaje. En este blog resolveré tus dudas legales sobre consumo, hogar, laboral y cualquier otro tema que quieras consultar.

¿Qué derechos tengo en una huelga?

Si con tus compañeros del trabajo habéis decidido hacer huelga, es importante que conozcas cuáles son tus derechos y cómo puede actuar vuestra empresa al respecto.

derechos huelga

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Son muchos los motivos que pueden llevar a los empleados de una empresa a decidir convocar una huelga. Además, estos tienen total libertad para poder hacerlo en cualquier momento.

Esta medida de protesta es un derecho fundamental de los trabajadores y está protegido por la ley

No obstante, si hay programada una huelga en tu empresa es fundamental que conozcas qué te está permitido hacer en caso de que decidas unirte a ella. También, cómo puede actuar la empresa al respecto.

Dudas habituales ante una convocatoria de huelga

  • ¿Todos los trabajadores pueden hacer huelga? Tanto si tienes un contrato temporal, de obra y servicio o indefinido, puedes unirte a la protesta.
  • ¿Puedo trabajar media jornada? Todos los empleados tienen derecho a secundar el paro durante todo el día o solo por algún periodo de tiempo.
  • ¿Debo comunicar mi participación al jefe? No estás obligado por ley a informar a la empresa de que vas a unirte a la huelga. Aunque no es recomendable que los empresarios pregunten directamente nuestra intención de secundar la huelga, pueden llegar a hacerlo a efectos informativos dependiendo de nuestra labor en la empresa. Por ejemplo, si eres responsable de abrir cada mañana las puertas del negocio, la empresa sí tendría que saber que no vas a acudir para poder encargárselo a otro compañero
  • ¿Puedo cambiar de opinión? Puede que tuvieras muy claro que ibas unirte a la protesta pero, en el último momento, decides que prefieres no secundarla e ir a trabajar. Aunque lo hubieras comunicado previamente a la empresa, debes saber que no se trata de una decisión vinculante y tienes derecho a cambiar de opinión.
  • ¿Cobraré el mismo sueldo ese mes? La legislación española considera que, al secundar la huelga, se suspende el contrato laboral durante el periodo de tiempo en el que el empleado no trabaja, y por tanto, el empresario no está obligado a remunerarlo. Además, las horas no trabajadas tampoco cotizarán en la Seguridad Social.
  • ¿Pueden despedirme por participar? La participación en una huelga nunca puede ser motivo de despido ni sanción.
  • ¿Puedo animar a mis compañeros a unirse? Tanto el Comité de Empresa, los delegados de personal o los propios trabajadores pueden solicitar un espacio a la empresa para realizar una sesión informativa sobre la huelga. Puede tener lugar en las propias oficinas y la empresa estará obligada a ceder un espacio con este fin, pero siempre que sea fuera del horario laboral. Asimismo, el propio día de la huelga puedes seguir informando y animando a unirse a los compañeros que estén trabajando. Eso sí, nunca podrás coaccionarlos ni física ni verbalmente.

Y… ¿cuáles son los derechos del trabajador ante una huelga general?

En caso de que alguno de los principales sindicatos del país convocaran una huelga general, tus derechos como trabajador serán los mismos.

Foto de portada de Rawpixel vía Unsplash