Defiende tus derechos

Cristina González

Defiende tus derechos

Soy Cristina González, licenciada en derecho por la Universidad de Barcelona en la Especialidad de Laboral y Seguridad Social. Trabajo como abogada en ARAG, compañía de seguros especializada en Defensa Jurídica y Asistencia en Viaje. En este blog resolveré tus dudas legales sobre consumo, hogar, laboral y cualquier otro tema que quieras consultar.

10 claves para realizar la declaración de la renta

Desde el 2 de abril de 2019 ya puedes presentar tu declaración de la renta.

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¿Ya has presentado la declaración de la renta? Si todavía no lo has hecho, no te preocupes porque tienes hasta el día 1 de julio para presentarla. Lo puedes hacer de manera presencial, por Internet o por teléfono. Tú escoges. Ten en cuenta que si quieres que te llame la Agencia Tributaria ya puedes pedir cita previa. Pero si prefieres hacerlo de manera presencial deberás esperar al día 14 de mayo. Tienes todos los accesos a los servicios e información que ofrece la Agencia Tributaria aquí. Este año hay novedades, ¡te las explico!

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¿Debo realizar la declaración de la renta?

Si cobras más de 22.000 euros al año deberás presentar la declaración. Y si cobras de dos o más pagadores deberás presentarla cuando supere los 14.000 euros al año. ¡Pero ojo! Siempre que a partir del segundo pagador se reciba más de 1.500 euros anuales. Excepcionalmente para esta renta será de 12.643 euros y será en la declaración del  2019 cuando dicho límite se extenderá a 14.000 euros al año.

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DEVOLUCIÓN DEL IRPF DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD

Tanto las madres como los padres pueden reclamar el impuesto que pagaron en ejercicios pasados no prescritos. Solo se puede solicitar desde el 2014 y la cantidad dependerá del importe de la prestación da cada madre. Se puede hacer este trámite desde la página web de Hacienda. Las prestaciones con retención recibidas durante el 2018 se regularizarán con la presentación de la renta de este año.

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CHEQUE GUARDERÍA

Si pagas la guardería a través de cheque guardería mediante tu nómina, olvídate de aplicar esta deducción. O si el ayuntamiento te ha ofrecido una beca. Pero, para las demás madres y padres, debéis saber que hay una deducción de hasta 1.000€ por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil. Esto afecta a gastos de preinscripción y matrícula del peque, asistencia, horario general y ampliado, y alimentación. Esta deducción no la cobrarás de manera anticipada, sino que deberás esperarte a la declaración de la renta, ¡así que es el momento!

Está bien que sepas que las guarderías han debido presentar una declaración informativa a Hacienda, el modelo 233. Así Hacienda dispone de esta información para contemplarlo durante la presentación de la renta.

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¿UN AUTÓNOMO SE PUEDE DESGRAVAR SUMINISTROS EN SU HOGAR?

Si eres autónomo y tu oficina está en tu casa te puedes desgravar el 30% sobre la parte proporcional de los m2 donde ejerzas tu actividad. Hablamos de los suministros de agua, gas, electricidad, internet y telefonía. ¡Toma nota!

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Y LA MANUTENCIÓN, ¿SE PUEDE DEDUCIR?

Son muchos los que tienen este tipo de duda. Pues que sepas que un autónomo se puede deducir 11 euros al día como máximo, siempre que puedas acreditar el gasto en restaurantes y se abone mediante medios electrónicos de pago.

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SE HA AUMENTADO LA REDUCCIÓN DE APLICACIÓN A LOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO

Se ha pasado de los 3.700 a los 5.565€, en su tramo más ventajoso. El límite también ha aumentado y pasa de los 14.450 a los 16.825€. De este modo se pretende beneficiar a los trabajadores con ingresos por salarios más reducidos. Así que, si lamentablemente eres uno de ellos, te beneficiarás de esta reducción.

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DEDUCCIÓN POR INVERTIR EN EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN

Puedes deducirte el 30% de las cantidades satisfechas en el período por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación y que cumpla los requisitos. Como máximo te puedes deducir 60.000€ anuales.

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LAS FAMILIAS NUMEROSAS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD A CARGO PODÉIS PERCIBIR UNA DEDUCCIÓN

De forma anticipada, las personas con estas características podéis percibir 1.200 euros al año. La diferencia entre esta campaña y la anterior es que se amplían los supuestos para acceder a este tipo de deducción. Por ejemplo, ahora también pueden deducir esta cantidad los cónyuges con discapacidad no separados legalmente, siempre que su renta no sea superior a 8.000 euros.

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EL CUARTO HIJO, MÁS DEDUCCIÓN QUE EN LA ANTERIOR RENTA

Otra novedad a destacar es que este año se aumenta a 600 euros anuales (es decir, 50 euros al mes) por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o para el sexto para la categoría especial. Pero piensa que en el ejercicio de 2018 solo se aplica de agosto a diciembre, por tanto, serán 250 euros como máximo.

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DEDUCCIÓN PARA MADRES TRABAJADORAS: LOS 100 EUROS AL MES

Aparte tienes la conocida deducción de 1.200 euros al año destinada a madres trabajadoras con hijos menores de 3 años que hayan nacido en España o hayan sido adoptados en nuestro país.

Con estas deducciones se pretende beneficiar a familias, madres y padres, trabajadores con salarios muy reducidos o autónomos. Cada año, todos estamos a la expectativa de las novedades en la declaración de la renta. De momento, para atención para que no se te escapen estas deducciones y si tienes cualquier duda acude a un profesional fiscal, de verdad que vale la pena.