Defiende tus derechos

Cristina González

Defiende tus derechos

Soy Cristina González, licenciada en derecho por la Universidad de Barcelona en la Especialidad de Laboral y Seguridad Social. Trabajo como abogada en ARAG, compañía de seguros especializada en Defensa Jurídica y Asistencia en Viaje. En este blog resolveré tus dudas legales sobre consumo, hogar, laboral y cualquier otro tema que quieras consultar.

Cosas que debes saber antes de alquilar un piso

Nuestra abogada, Cristina González, nos da los consejos más útiles para alquilar un piso con todas las garantías.

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Una vez encuentras tu piso ideal, es normal que quieras firmar el contrato de alquiler lo antes posible para no perder la oportunidad.

Sin embargo, no te precipites, pues las prisas pueden jugarte una mala pasada y acabar causándote problemas en un futuro.

Consejos antes de alquilar un piso

Lo cierto es que la mayoría de disgustos, gastos imprevistos y conflictos con el propietario se podrían evitar si, como inquilinos, nos aseguráramos de tener claros ciertos aspectos antes de firmar cualquier contrato.

Por este motivo, comparto esta breve guía con los puntos claves que deberías conocer tanto si es la primera vez que estás buscando un piso de alquiler, como si ya has sido inquilino en otras ocasiones.

1. Duración del contrato

Aunque la duración del alquiler se puede pactar libremente, hay una prórroga obligatoria de cinco años en caso de que el arrendador sea una persona física. Si se trata de una persona jurídica, este periodo se alarga hasta siete años.

En caso de que seas tú, como inquilino, quien quiera dejar la vivienda alquilada antes del plazo acordado, tienes que tener en cuenta que puedes hacerlo una vez transcurridos seis meses de contrato y deberás comunicárselo al propietario con una antelación mínima de treinta días.

No obstante, únicamente deberías indemnizarlo si así lo habíais pactado. En tal caso, la indemnización consistiría en el pago de una mensualidad por cada año de incumplimiento de contrato

2. Pago del alquiler

El precio de alquiler pactado deberá mantenerse mientras el contrato siga vigente. Es decir, el propietario no puede incrementarlo, sólo se podrá actualizar la renta cada año si en el momento del contrato se determinó esta posibilidad.

Por parte del inquilino, debes saber que hay que abonar la renta en los siete primeros días del mes, siempre que no se hubiera llegado a otro acuerdo.

3. Gastos adicionales

El pago de los gastos de comunidad, impuesto de bienes inmuebles o tasas de basuras puede ir a cargo del inquilino si se ha pactado expresamente en el contrato.

En caso de que estos pagos te correspondan a ti como arrendatario, debe constar en el contrato de alquiler además el importe anual que representa.

3. Reparaciones

Conviene saber que, como inquilinos, solo debemos asumir las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.

Por su parte, el propietario no puede utilizar el hecho de realizar mejoras como argumento para subir la renta. Únicamente, si así se había pactado en el contrato y una vez ya haya transcurrido la prórroga obligatoria.

4. Suministros

Es posible que en el contrato de alquiler se establezca que el inquilino tenga que hacer un cambio de titularidad en los suministros de agua, luz y gas de la vivienda.

5. Requisitos

Además de la fianza en metálico equivalente a un mes de renta, se te pueden exigir otras garantías adicionales como un aval bancario, un avalista personal, un depósito adicional o un seguro de impago de alquiler. Esta garantía adicional no puede exceder de dos mensualidades de renta.

6. Posibilidad de compra

En caso de que se ponga a la venda la vivienda arrendada, como inquilino tienes un derecho de adquisición preferente. Esto siempre y cuando no se hubiera renunciado a ello en la firma del contrato.

Así pues, si estás en plena búsqueda de un piso de alquiler o en negociaciones con el propietario, no olvides tener en cuenta estos aspectos y dejar por escrito, en el contrato, todos aquellos puntos que consideres necesarios.

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Paula Martínez