Defiende tus derechos

Cristina González

Defiende tus derechos

Soy Cristina González, licenciada en derecho por la Universidad de Barcelona en la Especialidad de Laboral y Seguridad Social. Trabajo como abogada en ARAG, compañía de seguros especializada en Defensa Jurídica y Asistencia en Viaje. En este blog resolveré tus dudas legales sobre consumo, hogar, laboral y cualquier otro tema que quieras consultar.

hay que cumplir ciertos requisitos

¿Puedo hacer facturas sin ser autónomo?

Quizás te haya surgido la oportunidad de realizar un trabajo remunerado de forma puntual y quieres emitir una factura. Te cuento qué puedes hacer, si no eres autónomo.

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Es posible que, en algún momento, se nos plantee la posibilidad de realizar un trabajo remunerado, de forma puntual y por nuestra propia cuenta. Por ejemplo, un servicio de asesoramiento, unas clases de repaso o unas horas cuidando a niños o personas mayores.

Lo cierto es que, aunque se trate de algo ocasional, estas actividades se deben declarar al fisco y, por tanto, hay que emitir facturas por el trabajo realizado.

De este modo, si alguna vez te encuentras en esta situación, debes saber que no es necesario darse de alta como autónomo en la Seguridad Social, si cumples determinados requisitos.

El primero, que la remuneración de estas actividades no supere el salario mínimo interprofesional durante todo el ejercicio. Y el segundo, que se trate realmente de un trabajo puntual. Es decir, que no sea una situación que se repita con asiduidad.

Por el contrario, siempre vas a tener que darte de alta ante Hacienda. Te cuento cómo.

Cómo facturar sin ser autónomo

Es importante que tengas en cuenta que, para poder emitir cualquier factura, primero debes dar conocimiento de la actividad económica ante Hacienda.

Los pasos a seguir son los siguientes:

Presentación del modelo 037. Al querer realizar cualquier actividad económica, debemos informar a Hacienda de las obligaciones fiscales que esta va a suponer. Para ello, necesitarás presentar el modelo 037 correspondiente con las obligaciones censales para personas físicas.

Este formulario incluirá, entre otra, la siguiente información:

  • Datos personales y domicilio fiscal.
  • Actividad económica que se va a desarrollar.
  • La obligatoriedad o no de presentar liquidaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
  • La obligatoriedad o no de presentar liquidaciones relacionadas con los pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), o bien si se debe entregar la factura con retención. Es decir, si es la parte contratante quien lo ingresa en tu nombre.

Pago de impuestos. Una vez presentado este modelo 037, adquirirás la responsabilidad de presentar los diferentes impuestos derivados de tu trabajo. Generalmente, de forma trimestral y siempre en función de las facturas emitidas y recibidas.

¿Y si se trata de una única factura?

En caso de que debas hacer una sola factura, después de emitirla y cumplir con las obligaciones fiscales que hemos mencionado, tienes que presentar la baja censal ante Hacienda mediante el mismo modelo 037.

Eso sí, no te olvides presentar el resumen anual obligatorio del IVA e incluir la factura en el IRPF del ejercicio fiscal en el que hayas realizado la actividad económica.