Defiende tus derechos

Cristina González

Defiende tus derechos

Soy Cristina González, licenciada en derecho por la Universidad de Barcelona en la Especialidad de Laboral y Seguridad Social. Trabajo como abogada en ARAG, compañía de seguros especializada en Defensa Jurídica y Asistencia en Viaje. En este blog resolveré tus dudas legales sobre consumo, hogar, laboral y cualquier otro tema que quieras consultar.

¿Me pueden despedir estando embarazada?

Para tu tranquilidad, debes saber que cada vez hay una mayor protección para las madres trabajadoras. Te cuento más sobre este tema.

me pueden despedir estando embarazada
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Carme del Vado

Redactora Jefe de CLARA.

Actualizado a

Quizá estés planeando quedarte embarazada o incluso ya lo hayas conseguido, pero temes que ser madre pueda afectar negativamente a tu carrera profesional. Para tu tranquilidad, debes saber que cada vez hay una mayor protección para las madres trabajadoras.

La conciliación entre la vida familiar y la laboral es todo un reto para la gran mayoría de las mujeres españolas. De hecho, la dificultad para compatibilizar la maternidad con el trabajo es una de las principales causas que hace que España tenga un índice de natalidad muy bajo en comparación con el resto de países europeos. También que las mujeres retrasen cada vez más el momento de convertirse en madres o que su situación laboral sea inestable.

Miedo al despido

Los principales temores son que el embarazo y la maternidad puedan comportar el despido, la renuncia a un mejor salario o la imposibilidad de seguir promocionándose dentro de la empresa.

No obstante, si eres mamá o te gustaría serlo dentro de poco, debes saber que cada vez son más las medidas y leyes que protegen de la discriminación laboral a las mujeres embarazadas y a las madres trabajadoras en general.

En este sentido, el artículo 10 de la directiva 92/85/CEE prohíbe a las empresas despedir a una mujer trabajadora desde el comienzo del embarazo hasta el final de la baja por maternidad. Por lo tanto, solo te podrían despedir en determinados casos excepcionales que nada tendrían que ver con tu estado de gestación.

Asimismo, el Estatuto de los Trabajadores establece que las empresas no pueden despedir a una mujer por pedir o por disfrutar, por ejemplo, del permiso de lactancia, así como por ejercer cualquier otro derecho que tenga relación con la maternidad.

Pero hay excepciones...

En la misma línea, la normativa laboral española contempla que el despido de una mujer embarazada puede ser considerado nulo de pleno derecho, y esto significa que no se le puede practicar. Aun así, existen excepciones de despidos a mujeres embarazadas fundamentados en causas disciplinarias y que son considerados procedentes porque se ha podido probar el motivo que alega la empresa en la carta de despido. A título de ejemplo, podríamos citar el despido de una mujer embarazada por ausentarse injustificadamente de su puesto de trabajo, por la disminución continuada y voluntaria en su rendimiento normal de trabajo o por la desobediencia en el lugar de trabajo, entre otros supuestos.

Lógicamente, si la empresa no acredita cualquiera de las circunstancias disciplinarias que alega, se aconseja a la trabajadora que reclame por despido nulo dentro del plazo de los 20 días hábiles siguientes a su comunicación, exigiendo a la empresa la reincorporación en su puesto de trabajo, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la sentencia que reconoce la nulidad de tal decisión extintiva.

Así pues, no dejes que los miedos por cómo podría cambiar tu vida laboral te impidan disfrutar de la maternidad de forma plena.